Descarga el documento completo aquí: PROTOCOLO PARA ESPECTÁCULOS EN LA CALLE
Las artes escénicas, cuando se desarrollan en la calle, activan espacios de relación, de contacto entre la vecindad y posibilitan espacios de reflexión y pensamiento que de otra manera difícilmente se darían.
Las artes de calle, entre las cuales se encuentran algunas manifestaciones de circo, danza, teatro o instalaciones, entre otras, son imprescindibles para el espacio público. Una ciudad saludable es una ciudad que disfruta de sus calles.
Pero, ¿cómo se puede disfrutar de la calle en plena ola de calor? Resulta obvio afirmar que nuestros hábitos sociales y horarios se transforman continuamente, especialmente en los meses de verano. Y por ello esta adaptación también afectará inevitablemente a los programas de calle.
El 12 de mayo de 2023 se publicó el Real Decreto Ley 4/2023 por el cual se adoptan medidas urgentes para la prevención de riesgos laborales durante episodios de elevadas temperaturas. Esta nueva regulación incide especialmente en aquellas personas trabajadoras que ejercen sus actividades al aire libre.
Teniendo en cuenta estos cambios en la legislación, así como la irreversible subida de temperaturas proponemos una serie de sencillas recomendaciones que apelan al sentido común:
Para las personas responsables de la PROGRAMACIÓN de espectáculos en la calle o al aire libre
• Continuar haciendo programaciones al aire libre pero en espacios resguardados del sol y del calor, tanto para artistas como para el público, siempre teniendo en cuenta al artista y especialmente a aquellos artistas que desarrollan una intensa actividad física y en algunos casos de riesgo.
• En caso de no disponer de un espacio de sombra suficiente y para evitar riesgos en la actividad, esta se deberá hacer en un horario adecuado evitando los picos de calor y las horas centrales del día.
• Así mismo, tener en cuenta esta recomendación de horarios y condiciones durante el montaje del espectáculo.
• Desde las asociaciones de profesionales recomendamos incluir en los contratos una cláusula en la que se especifique que el lugar de actuación debe estar a la sombra y que en en caso de una situación meteorológica de peligro alto (naranja) o muy alta (rojo) por riesgo de calor extremo se pueda retrasar el montaje y/o actuación.
Para las COMPAÑÍAS que negocian las condiciones con los espacios escénicos o responsables de programación
• Tener en cuenta estos nuevos condicionantes a la hora de plantear los contratos que se firmen con los espacios escénicos, festivales, organizadores de espectáculos, etc.
• Recomendamos recoger en el contrato de la manera más completa posible los siguientes puntos:
✓ Pactar los requisitos técnicos para actuar en un espacio con las condiciones adecuadas tanto para artistas, como para el personal técnico y el público (espacios de sombra, horarios, etc.)
✓ Recoger la posibilidad de retrasar o cancelar la actuación y el caché a abonar en el supuesto de que las condiciones meteorológicas puedan afectar a la salud o seguridad de las personas trabajadoras.
✓ Acordar que para evitar que se anule una determinada función por culpa del calor se facilite la reubicación o cambio de horario siempre que sea posible. Es decir, dejar claro que la suspensión de la actividad solo se lleve a cabo en última instancia y en casos muy excepcionales.
Para LOS Y LAS ARTISTAS QUE TRABAJAN EN COMPAÑÍAS
• Las compañías habrán de tener en cuenta estos nuevos condicionantes a la hora de plantear su Plan de Prevención de Riesgos Laborales que afectan a las personas que trabajan en ella.
Para consultar las temperaturas y en concreto saber si hay riesgo de alerta naranja o roja por altas temperaturas se podrá consultar https://www.aemet.es/ca/portada.
*Este documento es una traducción de las recomendaciones impulsadas por la APCC, AAADPC, APDC TTP, Artesdecarrer.cat y la Associació de Companyies Professionals de Dansa de Catalunya.
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